Porque surge? Ley Aplicable a los Contratos Internacionales la Convención Interamericana sobre Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales (CIDACI),(ratificada por Venezuela en 1995), establece en su Artículo 1, que dicha Convención determina el Derecho aplicable a los contratos internacionales entendiéndose a un contrato
como internacional si las partes del mismo tienen su residencia habitual o su establecimiento en Estados Partes diferentes, o si el contrato tiene contactos objetivos con más de un Estado Parte. Esta convención se aplicará a contratos celebrados o en que sean parte Estados, entidades u organismos estatales, a menos que las partes en el contrato la excluyan expresamente
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Ley Aplicable a los Contratos Internacionales Artículo 10. LDIP expresa:
“No obstante lo previsto en esta Ley ,se aplicarán necesariamente las disposiciones imperativas del Derecho Venezolano que hayan sido dictadas para regular los supuestos de hechos conectados con varios ordenamientos Jurídicos
Lo que quiere decir que en nuestra legislación venezolana busca principalmente que la aplicación de las leyes extrajeras vayan en contra de lo que se establece en nuestra ley interna y principios
Principios UNIDROIT Otro instrumento de gran utilización y reconocimiento son los principios de UNIDROIT, principios que no son, ni con mucho una obra acabada, sino que permanentemente quedan sujetos a ampliaciones y mejoras, como corresponde a una regulación que atañe a actividades tan extensas y cambiantes como lo son las conectadas con el comercio en todas sus formas
excluir solamente aquellos contratos carentes de elementos internacionales, es decir, cuando todos sus elementos de importancia se encuentran conectados con un único Estado
Su finalidad Principios UNIDROIT Se trata de las reglas generales aplicables a los contratos mercantiles internacionales que rigen cuando las partes acuerdan someter su contrato a ellas o, simplemente, si los contratantes acordaron regirse por los principios generales del derecho o lex mercatoria. Los principios UNIDROIT también pueden utilizarse para interpretar o complementar otros instrumentos internacionales o el Derecho nacional.
Su primera norma es la libertad de contratación (Art. 1.1): las partes son libres para celebrar un contrato y para determinar su contenido.