Acreedor Deudor Sujetos
de
la
obligación
Solidaridad Pasiva: Cualquiera de los deudores puede efectuar el pago en su totalidad a favor del acreedor.
Ejemplo: Luis (Acreedor): Crédito de 40
Pedro (Deudor 1): Deuda de 20
Juan (Deudor 2): Deuda de 20
Nota: Tanto Pedro como Juan le pueden pagar a Luis los 40
Pedro (20) Luis (40) Juan (20) Acreedor Deudores
Luís (20)
Pedro (20)
Juan (20)
Carlos (20)
Obligaciones de Sujetos Múltiples (Cont.) Mixtas: Aquí ocurre que cualquiera de los acreedores puede exigir la prestación o pago parcial o total de la deuda a cualquiera de los deudores y cualquiera de los deudores puede realizar a su vez pago de la deuda de forma parcial o total a cualquiera de los acreedores.
Obligaciones Condicionales
Condicionales o a Plazo: La condición es una acontecimiento futuro e incierto del cual depende la realización o no de una obligación en tanto que el plazo o término es un acontecimiento futuro, del cual depende la realización de la obligación.
De Lugar Determinado: En este caso la obligación debe cumplirse en un lugar determinado. El deudor no puede cumplir con su obligación en otro sitio, el acreedor tiene que ejercer su acción ante el magistrado del lugar designado y no puede exigir que la obligación sea cumplida en otro lugar.
El Período Arcaico 753 a. C – 450 a. C El Período Clásico 130 a. C – 230 a. C El Período Tardío 476 d. C – 1492 d. C El Período Pre-Clásico 450 a. C – 130 a. C El Período Post-Clásico