El derecho romano y sus obligaciones



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0#0 PRESENTACION FINAL DE OBLIGACIONES (16 JUN 14)
PRESENTACION FINAL DE OBLIGACIONES (16 JUN 14), CONTRATOS INTERNACIONALES (UNIDROID) NO.1, EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES (ULAT), 0#0 (VERSION PDF) PRINCIPIOS UNIDROIT Y SU APLICACION A CONTRATOS INTERNACIONALES, PRINCIPIOS UNIDROIT Y SU APLICACION A CONTRATOS INTERNACIONALES, 00 DERECHO COMERCIAL SOBRE UNIDROIT Y SU APLICACION A CONTRATOS INTERNACIONALES
Acreedores
Deudor
Ejemplo: Los tres deudores han de cumplir conjuntamente y por lo tanto le deben pagar a Luis la totalidad de 60.
Luis (Acreedor): Crédito de 60
Pedro, Juan y Carlos (Deudores): cada uno tiene una deuda de 20. Total de deuda de 60
Obligaciones de Sujetos Múltiples (Cont.)
Luís 60
Pedro, Juan, Carlos (20, 20, y 20= 60)
Acreedor
Deudores
Parciariedad Pasiva o Mancomunidad Pasiva:
Obligaciones de Sujetos Múltiples (Cont.)
Ejemplo 2:
Luis (Acreedor): crédito de 60
Juan, Pedro y Carlos (Deudores 1, 2, 3): cada uno tiene una
deuda de 20. El total de la deuda es de: 60
Parciariedad Pasiva o Mancomunidad Pasiva:
Cada uno de los deudores solo puede pagar su parte de la deuda es decir: 20
Juan (20)
Pedro (20)
Carlos (20)
Luis (60)
Acreedor
Deudores

Obligaciones en función de su Sujeto (Cont.)

Obligaciones de Sujetos Múltiples (Cont.)

    • Obligaciones Cumulativas: Este tipo de deuda tuvo su origen en materia delictual, la prestación debía pagarse integra a todos los acreedores o por todos los deudores. Así del delito surgían tantas relaciones obligatorias cuantos sujetos activos o pasivos. Cada ladrón era responsable por la totalidad de lo hurtado o delinquido, para cada uno de los sujetos activos.
    • Obligaciones Solidarias: Fueron aquellas en que existiendo pluralidad de sujetos y objeto divisible, un acreedor podía cobrarle el total de la deuda a uno de los deudores. (Solidaria Activa y Solidaria Pasiva)

Obligaciones en función de su Sujeto (Cont.)

Obligaciones de Sujetos Múltiples (Cont.)

    • Obligaciones Solidarias:
      • Solidaria Activa: En virtud de un contrato, testamento o disposición legal, una obligación bajo el principio parcial, donde existían varios acreedores, si se le pagaba a uno o de ellos se extinguía la obligación. Esto tenia como objeto que siempre existiera un acreedor en el día y lugar de pago.
      • Solidaria Pasiva: Esta situación se daba cuando existían varios deudores pero cobrándole a uno, la obligación se extinguía para los demás deudores. Lo que pasa después va a depender de las sociedad, mandato o comunidad. El deudor que paga le pide al acreedor su acción para cobrarle a los demás deudores a estos le llamo: Beneficio de cesión de bienes.

Sujetos de la obligación
Solidarida Activa: Cualquiera de los acreedores podía exigir a aun deudor el cumplimiento de la totalidad de la prestación.
Luís (20)
Juan (40)
Pedro (20)
Ejemplo:

Luis (Acreedor 1): Crédito de 20


Pedro (Acreedor 2): Crédito de 20
Juan (Deudor): Su deuda 40

Nota: Tanto Luis como Pedro pueden exigirle a Juan el pago de 40

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